
El día lunes 22 de marzo, el Concejo Municipal de Ibagué aprobó en la Comisión II o de presupuesto; comisión de la cual el Concejal Toro es presidente, el Proyecto de Acuerdo 004 de 2021 "por medio del cual se modifica de manera transitoria y excepcional el plazo de presentación y pago de los tributos administrados por el municipio".
Así las cosas, los nuevos términos en materia de Industria y Comercio quedarían de la siguiente manera:
1. Cancelando la totalidad del gravamen con la presentación de la declaración privada del Impuesto de Industria y Comercio ente el 01 de enero y el 30 de junio del 2021.
2. Cancelando el impuesto en dos (2) cuotas establecidas de la siguiente manera:
a. Primera cuota: se debe de cancelar al momento de la presentación de la liquidación privada, entre el 01 de enero y el 30 de junio del 2021, y corresponde al primer 50% del valor total del impuesto de Industria y Comercio liquidado.
b. Segunda cuota: se debe de cancelar a más tardar entre el primer día hábil de julio y el 30 de agosto de 2021, y equivale al segundo 50% del valor total del impuesto de Industria y Comercio liquidado.
El mismo documento presentado po el gobierno de Andrés Fabián Hurtado también comprende la ampliación de plazos para presentar la información exógena del impuesto de Industria y Comercio hasta el 30 de julio de 2021. Entre tanto, las nuevas fechas para la cancelación con descuentos porcentuales por pronto pago de IPU serían así:
- 15% hasta el 30 de mayo de 2021
- 10% hasta el 30 de junio de 2021
- 5% hasta el 31 de julio de 2021